Rehabilitación accidente de tráfico

Rehabilitación tras un accidente de tráfico

Libre elección del centro sanitario
Con frecuencia, las opciones que la aseguradora ofrece a la víctima para la rehabilitación son reducidas, debemos saber que existe la posibilidad de elegir el centro de fisioterapia según cercanía, preferencias…

Pasos a seguir después de sufrir un accidente de tráfico

  1. Justo en el momento del accidente. Se debe rellenar un parte amistoso si es posible y no hay lesiones graves. Si hay desacuerdo, lo mejor es llamar a atestados, policia local y/o servicios sanitarios. NO DEBÉIS MOVER LOS VEHÍCULOS salvo que obstaculicen gravemente el tráfico. Intenta hablar con algún testigo de la escena y guardar su número. Si hay que mover los vehículos, es mejor que saquéis fotografías del impacto.
  2. Lesiones. Debéis acudir a un servicio de urgencias dentro de las primeras 72 horas desde que se ha ocasionado el siniestro. Podéis acudir al hospital público o privado que prefiráis. Sólo tenéis que llevar DNi, el parte amistoso y recibo/póliza de vuestra compañía aseguradora.
  3. Guardad todos los informes médicos que sirvan para demostrar las lesiones que os ha provocado el accidente. Poneos siempre en manos de un abogado especialista en accidentes de tráfico, que gestione e interprete a vuestro favor el baremo que se ocupa de la indemnización tras un accidente.
  4. Rehabilitación. Debéis comenzar la rehabilitación antes de los 15 primeros días después del accidente. Es importante tener una prescripción de fisioterapia para que no pongan pegas (el médico de cabecera puede ayudarte con eso). Muchas veces las compañías aseguradoras invitan al lesionado a tratar sus lesiones o llevar su rehabilitación en un determinado centro médico y a cargo de un perito propio a fin de valorar las lesiones y las posibles secuelas de la forma más baja posible, lo que repercutirá en la cantidad final de la indemnización.
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Dónde puedo realizar la rehabilitación tras un accidente

El primer derecho del paciente o lesionado, es el de decidir en qué centro sanitario tratarse. Se puede acudir o bien a un centro público o bien a uno privado, no siendo necesario que el centro sanitario esté adherido a un Convenio Marco determinado.

Aquí entenderás porqué del interés y la insistencia de las aseguradoras en remitirnos a determinados centros de salud y no a cualquiera de los que tenemos derecho.

Debemos distinguir entre los siguientes tipos de centros:

  • Centro concertado homologado por UNESPA. La víctima no tiene que realizar ningún pago. Este tipo de centros suelen ofertar la rehabilitación a coste 0. La parte negativa es que el precio por sesión que reciben es bastante bajo (y cada año más), por ello, el tratamiento que suelen recibir los lesionados no es el más eficaz.
  • Centro propios de las aseguradoras o colaboradores. Nos referimos a aquellas clínicas que colaboran con las compañías de seguros bajo unas condiciones favorables para las mutuas. Por ejemplo, número de sesiones limitadas, tratamientos más cortos, etc. Los tratamientos que realizan suelen ser con electroterapia y bastante masificados.
  • Centros de salud o clínicas de fisioterapia privadas. En estos casos, lo que ocurre habitualmente es que (salvo que el centro acuerde cobrar una vez finalizada la reclamación) la víctima del accidente debe adelantar los gastos de la rehabilitación y posteriormente reclamárselos a la compañía de seguros como parte de la reclamación de gastos, daños y perjuicios sufridos a consecuencia del accidente. Por otro lado, el tratamiento en estos centros suele ser el más adecuado y me atrevería a decir que la recuperación no sólo es mejor, sino más rápida incluso.
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Los gastos médicos son abonados por las aseguradoras

¿Quién se hace cargo de nuestra rehabilitación?
La Seguridad Social no es la encargada de pagar los costes sanitarios causados por un accidente de tráfico. Son las aseguradoras responsables las que deben asumir esos cargos.

El seguro contra terceros incluye: los daños materiales del contrario, las lesiones del contrario, los daños materiales propios (salvo culpa), las lesiones propias (salvo culpa) y las lesiones de los acompañantes aún en caso de culpa.

❛❛ Sin rehabilitación no va a haber indemnización y la compañía de seguros entenderá que como el lesionado sólo ha necesitado una primera asistencia, no hay lesiones que indemnizar ❜❜

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Cómo reclamar la factura de rehabilitación a la aseguradora

Aunque no es necesaria la figura del abogado para reclamar, la complejidad de los trámites y los recovecos legales que aprovechan las aseguradoras para no pagar, hacen muy recomendable su contratación.

Los honorarios de un abogado especializado en accidentes de tráfico que lleve vuestro caso, serán sólo un pequeño porcentaje de la indemnización que, además, te puede salir gratis si tu póliza de seguro incluye la asistencia jurídica.

¿Quieres comenzar tus sesiones de fisioterapia en nuestra clínica de Armilla, Granada? No lo dudes y ponte en contacto con nuestros fisioterapeutas.

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